Resolución Gerencial de Desarrollo Económico N.° 027-2025-MPT
ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideración contra la Resolución N° 01420-25-MPT/GDE de fecha 04 de marzo del 2025, que declara la vacancia de los 38 puestos del Centro Com
15 de abril de 2025
ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideración contra la Resolución N°01420-25-MPT/GDE de fecha 04 de marzo del 2025, que declara la vacancia de los
38 puestos del Centro Comercial Polvos Blancos; en cual esta incluido los puestos Nº69 y 70, del cual aboga la Sra. Lisbeth Marila Montejo Tantapoma, dado que la citada resolución no constitu
ye un ACTO ADMINISTRATIVO, sino un ACTO DE ADMINISTRACION INTERNA, por tanto, no resulta aplicable la interposición de recursos administrativos impugnando la de cisión. Asimismo,considerar que,a través de los actos de administración interna, las entidades están destinadas a organizarohacerun cionarsus propias actividades o servicios. Estos actos son
regulados por cada entidad, conforme lo señalado en el numeral 1.2.1del Artículo 1 º de TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General de la Ley N°27 444, aprobado mediante Decr
eto Supremo Nº 0042019-JUS donde indica que; los actos de administración interna de fas entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así foborestablezcan.
38 puestos del Centro Comercial Polvos Blancos; en cual esta incluido los puestos Nº69 y 70, del cual aboga la Sra. Lisbeth Marila Montejo Tantapoma, dado que la citada resolución no constitu
ye un ACTO ADMINISTRATIVO, sino un ACTO DE ADMINISTRACION INTERNA, por tanto, no resulta aplicable la interposición de recursos administrativos impugnando la de cisión. Asimismo,considerar que,a través de los actos de administración interna, las entidades están destinadas a organizarohacerun cionarsus propias actividades o servicios. Estos actos son
regulados por cada entidad, conforme lo señalado en el numeral 1.2.1del Artículo 1 º de TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General de la Ley N°27 444, aprobado mediante Decr
eto Supremo Nº 0042019-JUS donde indica que; los actos de administración interna de fas entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así foborestablezcan.