Resolución de Alcaldía N.° 035-2023-MPT
la facultad de ejercer actos del gobierno
31 de enero de 2023
Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado
por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, concordante con el artículo 11 del Título
Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; las Municipalidades
Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política,
económica y administrativa en asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, dicha
autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, cuya sujeción al Ordenamiento Jurídico.
por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, concordante con el artículo 11 del Título
Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; las Municipalidades
Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política,
económica y administrativa en asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, dicha
autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, cuya sujeción al Ordenamiento Jurídico.