Resolución de Alcaldía N.° 379-2025-MPT-A
Resolución de Alcaldia N°379-2025-MPT-A
25 de noviembre de 2025
CONSIDERANDO:
El numeral 20 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, ha señalado que es atribución del alcalde, delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal, texto que en concordancia con los artículos 27° y 39° de la citada norma, ha dispuesto que la administración municipal está bajo la dirección y responsabilidad del Gerente Municipal;
En el informe técnico N° 000696-2022-SERVIR-GPGSC del 10 de mayo de 2022, la Autoridad Nacional de Servicio Civil, ha tenido ocasión de concluir: “que el encargo está previsto en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 como una modalidad temporal y excepcional de desplazamiento de personal, que consiste en atribuir a un servidor de carrera el desempeño de funciones de responsabilidad directiva compatible con niveles superiores. Se formaliza con la resolución del Titular de la entidad”:
El numeral 20 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, ha señalado que es atribución del alcalde, delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal, texto que en concordancia con los artículos 27° y 39° de la citada norma, ha dispuesto que la administración municipal está bajo la dirección y responsabilidad del Gerente Municipal;
En el informe técnico N° 000696-2022-SERVIR-GPGSC del 10 de mayo de 2022, la Autoridad Nacional de Servicio Civil, ha tenido ocasión de concluir: “que el encargo está previsto en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 como una modalidad temporal y excepcional de desplazamiento de personal, que consiste en atribuir a un servidor de carrera el desempeño de funciones de responsabilidad directiva compatible con niveles superiores. Se formaliza con la resolución del Titular de la entidad”:
