Resolución de Alcaldía N.° 358-2025-MPT-A

RESOLUCION DE ALCALDIA N°358-2025-MPT-A

6 de noviembre de 2025

VISTOS:
La Ley N° 30137, Decreto Supremo N° 003-2020-JUS, informe legal N°385-2025-MPT -OGAJ -SMP-y;
CONSIDERANDO:
El artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, ha precisado que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, son personas jurídicas de derecho público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, por lo que, están facultados para ejercer actos de gobierno y actos administrativos con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
El artículo 4o del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por el Decreto Supremo N° 017-93-JUS, ha dispuesto que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamento, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley señala;
Vista preliminar de documento RESOLUCION DE ALCALDIA N°358-2025-MPT-A

RESOLUCION DE ALCALDIA N°358-2025-MPT-A

PDF
4.7 MB