Acuerdo de Concejo N.° 018-2022-CMPT-SO
24 de marzo de 2022
-ACEPTAR, la donación del predio signado como fracción de terreno con un área de 1 779 .52 m2 con un perímetro de 1 70.43 mi ubicado en el Jr. Los Traductores, inscrito en la Partida Electrónica Nº 05002299 del Registro de Predios de la Oficina Registra/ de Madre de Dios, a favor de la Municipalidad Provincial de Tambopata, como adelanto de área de aporte destinada a otros usos u otros fines del proyecto de Habilitación Urbana "Remigio Fuentes Almanza" y que será destinado para uso público exclusivo del proyecto "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarilla, en el Distrito de Tambopata y el Centro Poblado el Triunfo, Distrito de las
Piedras, Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios".
- AUTORIZAR, al señor Alcalde, Francisco Keler Rengifo Khan, a fin de que se formalice la transferencia mediante acto público de minuta y escritura pública, del predio signado como fracción de terreno con un área de 1 779 .52 m2, ubicado en el Jr. Los Traductores, inscrito en la Partida Electrónica Nº 05002299 del Registro de Predios de la Oficina Registra/ de Madre de Dios.
- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la unidad de control patrimonial a efectuar las acciones pertinentes conducentes al cumplimiento y ejecución del presente Acuerdo.
Piedras, Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios".
- AUTORIZAR, al señor Alcalde, Francisco Keler Rengifo Khan, a fin de que se formalice la transferencia mediante acto público de minuta y escritura pública, del predio signado como fracción de terreno con un área de 1 779 .52 m2, ubicado en el Jr. Los Traductores, inscrito en la Partida Electrónica Nº 05002299 del Registro de Predios de la Oficina Registra/ de Madre de Dios.
- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la unidad de control patrimonial a efectuar las acciones pertinentes conducentes al cumplimiento y ejecución del presente Acuerdo.