Acuerdo de Concejo N.° 19-05-2024-CPT
Acciones Legales - Delito contra el Medio Ambiente y la salud Publica, agregando además el vertimiento de aguas residuales, desagües, hacia nuestra mar, en zonas por parte de EPS GRAU.
21 de mayo de 2024
SE ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR al PROCURADOR PÚBLICO MUNICIPAL, para el inicio de las acciones legales pertinentes en contra de a "Empresa Prestadora de Servicios EPS GRAU, por el supuesto delito contra el medio ambiente y la salud pública, agregando, además, el vertimiento de aguas residuales, desagües, hacia nuestra mar, en zonas conocidas como cámara de bombeo de la EPS Grau San Pedro, y los delitos que devengan a consecuencia de estos.
ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR al Procurador Público Municipal de la Municipalidad provincial de Talara, el cumplimiento del presente Acuerdo, debiendo dar cuenta al Pleno del Concejo Municipal de las actuaciones que realice en virtud de la presente autorización.
ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo al Despacho de Alcaldía, Gerencia Municipal, Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Procuraduría Pública Municipal, y demás oficinas concernientes.
ARTÍCULO CUARTO. - DISPONER la publicación de la presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR al PROCURADOR PÚBLICO MUNICIPAL, para el inicio de las acciones legales pertinentes en contra de a "Empresa Prestadora de Servicios EPS GRAU, por el supuesto delito contra el medio ambiente y la salud pública, agregando, además, el vertimiento de aguas residuales, desagües, hacia nuestra mar, en zonas conocidas como cámara de bombeo de la EPS Grau San Pedro, y los delitos que devengan a consecuencia de estos.
ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR al Procurador Público Municipal de la Municipalidad provincial de Talara, el cumplimiento del presente Acuerdo, debiendo dar cuenta al Pleno del Concejo Municipal de las actuaciones que realice en virtud de la presente autorización.
ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo al Despacho de Alcaldía, Gerencia Municipal, Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Procuraduría Pública Municipal, y demás oficinas concernientes.
ARTÍCULO CUARTO. - DISPONER la publicación de la presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.