Resolución de Alcaldía N.° 441-12-2023-MPT
22 de diciembre de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Desagregación de recursos
Apruébese la incorporación de saldo de balance, destinados para Gastos Corrientes, provenientes de Saldos de Balance del año 2022, a fin de que permitan asegurar el cumplimiento de las metas presupuestarias durante el presente ejercicio presupuestal, hasta por la suma des/. 197,966.00 (ciento
noventa y siete mil novecientos sesenta y seis y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento 5.
Recursos Determinados, Rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones, cuyo detalle se muestra en el archivo adjunto.
Artículo 2°.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planeamiento y Presupuesto elaborará las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Articulo 3°.- Remisión
Copia de la presente Resolución se remite a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE
Artículo 1º.- Desagregación de recursos
Apruébese la incorporación de saldo de balance, destinados para Gastos Corrientes, provenientes de Saldos de Balance del año 2022, a fin de que permitan asegurar el cumplimiento de las metas presupuestarias durante el presente ejercicio presupuestal, hasta por la suma des/. 197,966.00 (ciento
noventa y siete mil novecientos sesenta y seis y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento 5.
Recursos Determinados, Rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones, cuyo detalle se muestra en el archivo adjunto.
Artículo 2°.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planeamiento y Presupuesto elaborará las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Articulo 3°.- Remisión
Copia de la presente Resolución se remite a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE