Resolución de Alcaldía N.° 192-02-2015-MPT
"Directiva que Establece Lineamientos para el Control de Acceso a los Recursos Informáticos de la Municipalidad Provincial de Talara"
23 de febrero de 2015
SE RESUELVE
Artículo 1 ° .- APROBAR, la "Directiva que Establece Lineamientos para el Control de Acceso a los Recursos Informáticos de la Municipalidad Provincial de Talara", como directiva de carácter general.
Artículo 2°.- DISPONER, a la Gerencia Municipal, Oficina de Administración y Finanzas, Oficina de Administración y Finanzas, Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Control Institucional, Procuraduría Pública Municipal, Secretaría General, Gerencia de Desarrollo Humano y Económico, Gerencia de Desarrollo Territorial, Gerencia de Servicios Públicos, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Fiscalización y Policía Municipal, Subgerencia de Participación Ciudadana, Unidad de Imagen Institucional el cumplimiento de la presente resolución y hacer extensivo a las demás Subgerencias o Unidades a su cargo.
Artículo 3°.- DISPONER, a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (UTIC) la publicación del íntegro de a presente Directiva aprobada en el Portal Web Institucional.
Artículo 4° .- DISPONER, el conocimiento obligatorio por el personal de cada unidad orgánica de la presente Directiva.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y DESE CUENTA
Artículo 1 ° .- APROBAR, la "Directiva que Establece Lineamientos para el Control de Acceso a los Recursos Informáticos de la Municipalidad Provincial de Talara", como directiva de carácter general.
Artículo 2°.- DISPONER, a la Gerencia Municipal, Oficina de Administración y Finanzas, Oficina de Administración y Finanzas, Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Control Institucional, Procuraduría Pública Municipal, Secretaría General, Gerencia de Desarrollo Humano y Económico, Gerencia de Desarrollo Territorial, Gerencia de Servicios Públicos, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Fiscalización y Policía Municipal, Subgerencia de Participación Ciudadana, Unidad de Imagen Institucional el cumplimiento de la presente resolución y hacer extensivo a las demás Subgerencias o Unidades a su cargo.
Artículo 3°.- DISPONER, a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (UTIC) la publicación del íntegro de a presente Directiva aprobada en el Portal Web Institucional.
Artículo 4° .- DISPONER, el conocimiento obligatorio por el personal de cada unidad orgánica de la presente Directiva.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y DESE CUENTA