Ordenanza Municipal N.° 06-09-2023-MPT

CREACION DEL AREA DE CONSERVACION AMBIENTAL "BALCONES", UBICADA EN EL DISTRITO LA BREA, PROVINCIA DE TALARA

11 de octubre de 2023

ORDENANZA
QUE CREA EL ÁREA DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL "BALCONES", UBICADA EN EL DISTRITO LA BREA, PROVINCIA DE TALARA.


ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Creación del Área de Conservación Ambiental (ACA) "BALCONES", ubicada en el distrito de La Brea, provincia de Talara y departamento de Piura; contando con un área de 913.39 hectáreas describiéndose a continuación sus límites geográficos:
a) Se encuentra ubicado 4 km al Sur Oeste de la ciudad de Negritos, distrito de la Brea, provincia de Talara, región Piura cuenta con una superficie de 913.39 has, solo abarca territorio continental, colinda con el mar por el Oeste, teniendo como límite 200 desde la línea de marea alta hacia la Zona Continental; además se encuentra ubicado en la zona de convergencia de las aguas tropicales del Norte y las aguas frías del Sur de la Corriente de Humboldt.
b) Comprende dos penínsulas "Punta Pariñas" y "Punta Balcones", siendo esta última, la Punta más Occidental de América del Sur, además cuenta con un humedal marino denominado "Balcones" que forma un ecosistema rico en flora y fauna bentónica y nectónica que sirve como fuente de alimentación y zona de descanso de aves migratorias y playeras, con una gran extensión de sal marina denominada "Salar Balcones".
c) Los demás aspectos de carácter técnico (accesibilidad, mapa georreferenciado, memoria descriptiva: lindero y medidas perimétricas, datos técnicos de coordenadas UTM WGS84, caracterización de los recursos naturales comprendidos en el ACA), contenidos en el expediente técnico presentado por la Municipalidad Distrital de la Brea, que se aprueban, forman parte del (ACA) materia de aprobación.

ARTÍCULO SEGUNDO: ESTABLECER que el ÁREA DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL (ACA) "BALCONES", según el proyecto de (ACA) propuesto por la Municipalidad Distrital de la Brea, tiene como objetivo principal conservar y usar sosteniblemente una muestra de la Zona Marino Costera y su diversidad biológica asociada, en el distrito de la Brea, provincia de Talara, por su importancia como refugio de aves playeras migratorias y otras de peligro de extinción; los servicios ecosistémicos que proveen, especialmente , el humedal; y su potencial para el desarrollo turístico, actividades recreativas y de educación ambiental.

ARTÍCULO TERCERO: DETERMINAR que, mediante Decreto de Alcaldía, la Autoridad edil de la Municipalidad Distrital de la Brea y en uso de su autonomía como Gobierno Local, puede aprobar las disposiciones reglamentarias o complementarias para la aplicación de la Ordenanza Municipal 02-2021-MDLB, cuando dicha
norma haya seguido el conducto regular para su aplicación.

ARTICULO CUARTO: DISPONER a Secretaría General que, en coordinación con la responsable del Portal de Transparencia, realicen la publicación de la presente ordenanza en el portal web de la Municipalidad Provincial de Talara, para que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 44º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en el artículo 109º de la Constitución Política del Perú, entre en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

POR LO TANTO: 

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE. 

Documentos

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