Resolución Sub Gerencial N.° 202-03-2023-sgtv-mpt
12 de setiembre de 2023
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 042781 de fecha 05 de enero del 2023, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA del señor PEÑA NAVARRO-REYNERIO ALBERTO por haber cometido la infracción al código de tránsito G.58.
SEGUNDO: SANCIONAR con la multa del 8.0% de una UIT, con acumulación de 20 puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: DISPONER la medida preventiva de RETENCIÓN DEL VEHÍCULO.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones. la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor PEÑA NAVARRO-REYNERIO ALBERTO en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 042781 de fecha 05 de enero del 2023, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA del señor PEÑA NAVARRO-REYNERIO ALBERTO por haber cometido la infracción al código de tránsito G.58.
SEGUNDO: SANCIONAR con la multa del 8.0% de una UIT, con acumulación de 20 puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: DISPONER la medida preventiva de RETENCIÓN DEL VEHÍCULO.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones. la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor PEÑA NAVARRO-REYNERIO ALBERTO en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA