Resolución de Gerencia Municipal N.° 161-09-2023-GM-MPT
1 de setiembre de 2023
SE RESUELVE:
Artículo Primero: APROBAR la Prestación Adicional en el Contrato N° 06-03-2023-MPT por el monto de S/ 341,183.91 (Trescientos cuarenta y un mil ciento ochenta y tres con 91/100 soles), para adquisición de combustible, por las consideraciones expuestas en la presente resolución; conforme al siguiente detalle:
Item Descripcion Unidad Cantidad P.Unit Total
1 Diesel B-5 S-50 Galon 15,279 19.75060 301,769.42
2 Gasohol 84 Plus Galon 1,384 19.32454 26,745.16
3 Gasohol Regular Galon 559 22, 66428 12,669.33
341,183.91
Artículo Segundo: ENCARGAR a la Unidad de Logística, la publicación de la presente Resolución en la plataforma del SEACE, así como las obligaciones inherentes a su competencia conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; y a todos los órganos competentes de la Entidad, realizar las acciones que deriven de la presente Resolución.
Artículo Tercero: NOTIFICAR a la Estación de Servicio San José S.A.C, para que dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes a la notificación de la presente, cumpla con ampliar la Garantía de Fiel Cumplimiento en un monto equivalente al 10% del monto de la prestación adicional aprobada con la presente resolución.
Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la prese e en el portal institucional de la Entidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Artículo Primero: APROBAR la Prestación Adicional en el Contrato N° 06-03-2023-MPT por el monto de S/ 341,183.91 (Trescientos cuarenta y un mil ciento ochenta y tres con 91/100 soles), para adquisición de combustible, por las consideraciones expuestas en la presente resolución; conforme al siguiente detalle:
Item Descripcion Unidad Cantidad P.Unit Total
1 Diesel B-5 S-50 Galon 15,279 19.75060 301,769.42
2 Gasohol 84 Plus Galon 1,384 19.32454 26,745.16
3 Gasohol Regular Galon 559 22, 66428 12,669.33
341,183.91
Artículo Segundo: ENCARGAR a la Unidad de Logística, la publicación de la presente Resolución en la plataforma del SEACE, así como las obligaciones inherentes a su competencia conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; y a todos los órganos competentes de la Entidad, realizar las acciones que deriven de la presente Resolución.
Artículo Tercero: NOTIFICAR a la Estación de Servicio San José S.A.C, para que dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes a la notificación de la presente, cumpla con ampliar la Garantía de Fiel Cumplimiento en un monto equivalente al 10% del monto de la prestación adicional aprobada con la presente resolución.
Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la prese e en el portal institucional de la Entidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE