Resolución Sub Gerencial N.° 685-04-2023-SGTV-MPT
27 de junio de 2023
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 004226 de fecha 01 de octubre del 2011, y pagada la multa de 50.0% a imponer como sanción de la misma. DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor VELEZ VIVAS-EDEMIR JESUS por haber cometido la infracción al código de tránsito M.3.
SEGUNDO: SANCIONAR con INHABILITACIÓN PARA OBTENER LICENCIA DE CONDUCIR POR TRES (3) AÑOS DESDE EL 01 DE OCTUBRE DEL 2011 HASTA EL 01 DE OCTUBRE DEL 2014 , con acumulación de O puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: DISPONER la medida preventiva de INTERNAMIENTO DEL VEHÍCULO.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor VELEZ VIVAS-EDEMIR JESUS en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 004226 de fecha 01 de octubre del 2011, y pagada la multa de 50.0% a imponer como sanción de la misma. DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor VELEZ VIVAS-EDEMIR JESUS por haber cometido la infracción al código de tránsito M.3.
SEGUNDO: SANCIONAR con INHABILITACIÓN PARA OBTENER LICENCIA DE CONDUCIR POR TRES (3) AÑOS DESDE EL 01 DE OCTUBRE DEL 2011 HASTA EL 01 DE OCTUBRE DEL 2014 , con acumulación de O puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: DISPONER la medida preventiva de INTERNAMIENTO DEL VEHÍCULO.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor VELEZ VIVAS-EDEMIR JESUS en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA