Resolución Sub Gerencial N.° 1579-10-2022-SGTV-MPT
26 de junio de 2023
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 036267 de fecha 12 de junio del 2021, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA del señor CRUZ ESTRADA-VICTOR YARCINIO por haber cometido la infracción al código de tránsito M.2.
SEGUNDO: SANCIONAR con SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR TRES (3) AÑOS DESDE EL 12 DE JUNIO DEL 2021 HASTA EL 12 DE JUNIO DEL
2024 la multa del 50.0% de una UIT, con acumulación de O puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos. .
TERCERO: DISPONER a medida preventiva de INTERNAMIENTO DEL VEHICULO Y RETENCIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor CRUZ ESTRADA-VICTOR YARCINIO en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 036267 de fecha 12 de junio del 2021, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA del señor CRUZ ESTRADA-VICTOR YARCINIO por haber cometido la infracción al código de tránsito M.2.
SEGUNDO: SANCIONAR con SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR TRES (3) AÑOS DESDE EL 12 DE JUNIO DEL 2021 HASTA EL 12 DE JUNIO DEL
2024 la multa del 50.0% de una UIT, con acumulación de O puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos. .
TERCERO: DISPONER a medida preventiva de INTERNAMIENTO DEL VEHICULO Y RETENCIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor CRUZ ESTRADA-VICTOR YARCINIO en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA