Resolución Sub Gerencial N.° 184-03-2023-SGTV-MPT
7 de junio de 2023
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso 00000304 d/f 10-01-2023, presentado por JESUS YGNACIO MORA~ YARLEQUE.
SEGUNDO: OTORGAR AUTORIZACiÓN PARA LA PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO Y ESPECIAL EN VEHICULOS, EN LA JURISDICCiÓN
DE TALARA - SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE DE TRABAJADORES, en vehículos de CATEGORIA M2, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular
que a continuación se detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA AÑO CATEGORIA
01 MORAN YARLEQUE JESUS YGNACIO T21-701 2016 M2-C3
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el segundo punto a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización de Prestación de Servicio Especial de Transporte de Trabajadores, tal como lo indica el Decreto Supremo W 017-2009-MTC en su Artículo 64
CUARTO: DISPONER, la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO, teniendo como fecha de vencimiento a la fecha de notificado el acto administrativo, y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el ítem 59 numeral 1, Ordenanza Municipal N° 1106-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del O.S. W 017-2009-MTC que regula el transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
QUINTO: COMUNICAR, a Don JESUS YGNACIO MORAN YARLEQUE, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial W 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial W 0258-2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara
SEPTIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Tránsito y Policía Nacional del Perú.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
NOVENO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRES E, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso 00000304 d/f 10-01-2023, presentado por JESUS YGNACIO MORA~ YARLEQUE.
SEGUNDO: OTORGAR AUTORIZACiÓN PARA LA PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO Y ESPECIAL EN VEHICULOS, EN LA JURISDICCiÓN
DE TALARA - SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE DE TRABAJADORES, en vehículos de CATEGORIA M2, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular
que a continuación se detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA AÑO CATEGORIA
01 MORAN YARLEQUE JESUS YGNACIO T21-701 2016 M2-C3
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el segundo punto a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización de Prestación de Servicio Especial de Transporte de Trabajadores, tal como lo indica el Decreto Supremo W 017-2009-MTC en su Artículo 64
CUARTO: DISPONER, la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO, teniendo como fecha de vencimiento a la fecha de notificado el acto administrativo, y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el ítem 59 numeral 1, Ordenanza Municipal N° 1106-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del O.S. W 017-2009-MTC que regula el transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
QUINTO: COMUNICAR, a Don JESUS YGNACIO MORAN YARLEQUE, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial W 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial W 0258-2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara
SEPTIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Tránsito y Policía Nacional del Perú.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
NOVENO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRES E, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA