Ordenanza Municipal N.° 05-05-2023-MPT
30 de mayo de 2023
PRIMERA: Encargar a la Oficina de Administración Tributaria, ejecute las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.
SEGUNDA: Derogar toda disposición que se opongan a la presente Ordenanza Municipal.
TERCERA: En el caso de las personas Naturales o Jurídicas no comprendidas en la presente Ordenanza Municipal, como único beneficio se le otorgará el descuento del 100% de los intereses moratorias de las deudas pendientes de pago hasta el año 2022 por el pago al contado, el cual podrá ser también por año completo y/o tributo completo.
CUARTA: En caso de las deudas pendientes de pago por Multas Administrativas impuestas a personas jurídicas hasta el año 2022 excepcionalmente, gozaran de un beneficio del 50% de descuento del valor de la multa (solo sanción Pecuniaria).
CUARTA: En caso de las deudas pendientes de pago por Multas Administrativas impuestas a personas jurídicas hasta el año 2022 excepcionalmente, gozaran de un beneficio del 50% de descuento del valor de la multa (solo sanción Pecuniaria).
QUINTA: Autorizar, al Sr. Alcalde para que mediante un Decreto de Alcaldía disponga las medidas pertinentes para la mejor aplicación y/o prórroga de la vigencia de la presente Ordenanza.
SEXTA: Disponer que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de suubicación hasta el 30 de Setiembre del 2023.
SEPTIMA: Dispóngase a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Administración Tributaria, a la Oficina de
Administración y Finanzas, para que adopten y ejecuten las medidas necesarias para la implementación, cumplimiento y difusión de la presente ordenanza.
OCTAVA: Encárguese a la Secretaria General y a la Unidad de Logística, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario de mayor circulación de conformidad con el numeral 2) del Articulo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley 27972, y encárguese a la Unidad de Tecnología de Informática y Comunicaciones la publicación de la misma en el Portal Web Institucional https: www.munitalara.gob.pe.
POR TANTO:
REGISTRESE,PUBLIQUESE Y CUMPLASE
REGISTRESE,PUBLIQUESE Y CUMPLASE