Resolución Sub Gerencial N.° 1100-09-2022-SGTV-MPT
18 de enero de 2023
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expedientes de Procesos N" 00007835 d/f 09-06-2022,presentado por RAMON EMILIO GONZALES LOZADA, Apoderado de la EMPRESA NOR OIL SAC
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN DE PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS, a RAMON EMILIO GONZALES LOZADA, identificado con DNI N" 02670515, Apoderado de la EMPRESA NOR OIL SAC, con RUC N° 20480880154, en la Modálidad de Carga y Descarga, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que a continuación se detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA AÑO CATEGORIA
1 NOROIL SAC P2H-736 2008 N2 FURGON
2 NOR OIL SAC T4U - 900 2012 N2 FURGON
3 NOROIL SAC P3Z -850 2018 N2 FURGON
4 NOROIL SAC TOF" 886 2019 N2 FURGON
1 NOROIL SAC P2H-736 2008 N2 FURGON
2 NOR OIL SAC T4U - 900 2012 N2 FURGON
3 NOROIL SAC P3Z -850 2018 N2 FURGON
4 NOROIL SAC TOF" 886 2019 N2 FURGON
TERCERO: DISPONER, que el HORARIO para la PRESTACION DEL SERVICIO, deberá darse fiel CUMPLIMIENTO a lo indicado en el punto seis de los considerandos del presente informe y dispuesto O. M. N° 16c7-2018-MPT en sus artículos SEGUNDO Y TERCERO que REGULA LA PRESTACION SEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGA Y/O MERCANCIAS EN LA PROVINCIA DE TALARA.
CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las Unidades Vehiculares mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS (CARGA Y DESCARGA) en áreas especiales,
QUINTO:DISPONER, que la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO, a partir de notificado el acto administrativo, debiendo identificar la unidad con el logo del servicio que presta, y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el Numeral 57 Ordenanza Municipal N° 11-06-2018-MPT que aprueban el
TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N°017"2009-MTC que regula el TRANSPORTE CARGA Y DESCARGA (MERCANCíAS) y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional.
SEXTO: COMUNICAR, a Don RAMÓN EMILIO GONZALES LOZADA, Apoderado de la EMPRESA NOR OIL SAC, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los
servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N" 0258-2020- MTC/01.
SEPTIMO:DISPONER, que el Administrado autorizado, cumplirá responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de Mercancías, que emanen de la Autoridad Municipal, debiendo evitar en lodo momento el congestionamiento vehicular, lo cual será fiscalizado por los Inspectores Municipales de Transporte, para el fiel cumplimiento.
OCTAVO: ESTABLECER, que la presente autorización está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación; Suspensión cuando la Empresa y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencía de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
NOVENO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular las Unidades que se consignan en el Segundo Punto, por habérsele autorizado.
DECIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
UNDECIMO:NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA