Resolución Sub Gerencial N.° 1436-10-2022-SGTV-MPT

6 de enero de 2023

SE RESUELVE:
PRIMERO:DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado el Expediente dé Proceso 00011208 d/f 09-08-2022, presentado por el señor JORGE LUIS SERNOS PARODI, representante e la Empresa TALARA FOOD SAC
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN DE PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS, al señor JORGE LUIS BERNOS PARODI, representante de la Empresa TALARA FOOO SAC, en la Modalidad de Carga y Descarga, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que a continuación se
detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA AÑO CATEGORIA
1 TALARA FOOD SAC BFP - 910 2020 N1FURGON

TERCERO:DISPONER, que el HORARIO para la PRESTACION DEL SERVICIO, deberá dar fiel CUMPLIMIENTO lo indicado en el punto seis de los consíderandos del presente informe y dispuesto O. M. N° 16-7-2018-MPT en sus articulas SEGUNDO Y TERCERO qué REGULA LA PRESTACION SEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGA Y/.O .MERCANCIAS EN LA PROVINCIA DE TALARA.
CUARTO:DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las Unidades Vehiculares mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorqársele la AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS (CARGA y DESCARGA) en áreas especiales,
QUINTO:DISPONER, que la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO, a partir de notificado el acto administrativo, debiendo identificar la unidad con eJ lago del servicio que presta, y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el Numeral 57 Ordenanza Municipal N° 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N"
017-2009-MTC que regula el TRANSPORTE CARGA Y DESCARGA (MERCANCIAS) Y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional.
SEXTO:COMUNICAR, a Don JORGE LUIS BERNOSPARODI, representante de la Empresa TALARA FOOD SAC,debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N" 0301c2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales Son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1de la resolución Ministerial N" 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO:DISPONER, que el Administrado autorizado, cumplirá responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de Mercancías, que emanen de la Autoridad Municipal, debiendo evitar en todo momento el congestionamiento vehicular, lo cual será fiscalizado por los Inspectores Municipales de Transporte, para el fiel cumplimiento.
OCTAVO: ESTABLECER,que la presente autorización esta sujeta a Modlñcación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando la Empresa y/o-sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente prevía los informes de la Subgerencia de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
NOVENO: NOTIFICAR,a la Policía Naciónal y a los Inspectores de Transito, para que den. cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia eje Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular las Unidades que se consignan en el Segundo Punto, por habérsela autorizado.
DECIMO:ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
UNDECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
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