Ordenanza Municipal N.° 13-12-2022-MPT

30 de diciembre de 2022

ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA EL REGISTRO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD y REGLAMENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA

Artículo Primero.- APROBAR "LA CREACiÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA y EL REGLAMENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
TALARA"

Con el fin de administrar el Registro Municipal de las Personas con Discapacidad en el ámbito de su provincia, el mismo que constituye la base de datos relacionados a los datos personales y la información referida a la discapacidad de las personas incorporadas en el mismo; el cual contiene los registros detallados en el numeral 78.1 del artículo 78° de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, con excepción del Registro de sanciones.

Artículo Segundo. - DISPONER la Confidencialidad del Registro Municipal de Personas con Discapacidad.
La información referida a la salud contenida en el Registro Municipal de las Personas con Discapacidad es de carácter confidencial y solo puede ser utilizada con fines estadísticos, científicos y técnicos debidamente acreditados; asimismo, el tratamiento de la base de datos personales y sensibles que contengan el Registro Municipal se efectuara conforme a las disposiciones de protección de datos personales contenidos en la normativa vigente, y otros que por su naturaleza sean solo de alcance nacional, por disposición de la propia norma que los cree.

Artículo Tercero. - DISPONER que la Gerencia de Desarrollo Humano y Económico, a través de la Oficina de Atención a la Persona con Discapacidad - OMAPED, es la responsable de administrar, custodiar, supervisar y procesar la información del Registro Municipal de Personas con Discapacidad, conforme a lo establecido por la Resolución de Presidencia N° 004-2018-CONADIS/PRE que aprueba la Directiva N° 001-2018-CONADIS/PRE, "Lineamientos para la Administración de los Registros Regionales y Municipales de la Persona con Discapacidad", y la Resolución de Presidencia N° 015-2021-CONADIS/PRE, que modifica el Reglamento del Registro Nacional de las Persona con Discapacidad.

Artículo Cuarto. - ENCARGAR a la Unidad de Recursos Humanos que disponga del personal calificado para las labores de registro de las personas con discapacidad, quien debe contar con su certificado digital para ejercer sus funciones, conforme a lo establecido en la Directiva N° 0001-2018- CONADIS/PRE, "Lineamientos para la Administración de los Registros Regionales y Municipales de la Persona con Discapacidad".

Artículo Quinto. - MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA).
Encargar a la Gerencia Municipal disponer acciones necesarias para la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Ordenanza Municipal N° 20-10-2018-MPT de fecha 15 de 19 octubre de 2018, a efectos de incorporar los procedimientos vinculados con el Registro Municipal creado en virtud a la presente Ordenanza.

Artículo Sexto.- ENCARGAR A la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial encargado de las publicaciones judiciales de esta jurisdicción provincial.

Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Artículo Octavo.- DÉSE CUENTA.
A la comisión de Participación Vecinal y Comisión de Economía y Administración, Gerencia de Desarrollo Humano y Económico, Oficina de Atención a la Persona con Discapacidad - OMAPED, Unidad de Recursos Humanos y a las Unidades Orgánicas correspondientes para los fines consiguientes.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE

Documentos

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