Resolución Sub Gerencial N.° 1432-10-2022-SGTV-MPT
13 de diciembre de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso 00013029 d/f 08-09-2022, presentado por MANUEL MURRIAGUI OVIEDO.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACION PERMISO DE OPERACiÓN COMO TRANSPORTE DE ESCOLARES a DON: MANUEL MURRIAGUI OVIEDO con D.N.I N°03823639 con domicilio en la Avenida D - 12 Distrito Pariñas Provincia Talara como Persona Natural DE LA CATEGORíA M2 DE LA CLASIFICACiÓN VEHICULAR, CON LA UNIDAD, cuyo detalle se muestra en el archivo adjunto.
TERCERO.- DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para la Unidades vehicular mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACION PARA PRESTACION DE SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE DE ESCOLARES, tal como lo indica el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC.
CUARTO: DISPONER, la VIGENCIA de la Presente Autorización es por un año desde notificado el acto administrativo y su otorgamiento está condicionado a la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC modalidad M2 que regulara el transporte Público de Personas en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo al TRANSPORTE DE ESCOLARES Y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional.
QUINTO: COMUNICAR, a Don MANUEL MURRIAGUI OVIEDO, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC a través de la O.M. N° 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo al Transporte Escolar y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización, está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
NOVENO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
DECIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad,
Inspectores de Tránsito y Policía Nacional del Perú.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso 00013029 d/f 08-09-2022, presentado por MANUEL MURRIAGUI OVIEDO.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACION PERMISO DE OPERACiÓN COMO TRANSPORTE DE ESCOLARES a DON: MANUEL MURRIAGUI OVIEDO con D.N.I N°03823639 con domicilio en la Avenida D - 12 Distrito Pariñas Provincia Talara como Persona Natural DE LA CATEGORíA M2 DE LA CLASIFICACiÓN VEHICULAR, CON LA UNIDAD, cuyo detalle se muestra en el archivo adjunto.
TERCERO.- DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para la Unidades vehicular mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACION PARA PRESTACION DE SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE DE ESCOLARES, tal como lo indica el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC.
CUARTO: DISPONER, la VIGENCIA de la Presente Autorización es por un año desde notificado el acto administrativo y su otorgamiento está condicionado a la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC modalidad M2 que regulara el transporte Público de Personas en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo al TRANSPORTE DE ESCOLARES Y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional.
QUINTO: COMUNICAR, a Don MANUEL MURRIAGUI OVIEDO, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC a través de la O.M. N° 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo al Transporte Escolar y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización, está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
NOVENO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
DECIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad,
Inspectores de Tránsito y Policía Nacional del Perú.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA