Resolución Sub Gerencial N.° 1683-11-2022-SGTV-MPT
12 de diciembre de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en Expediente de Proceso 00016176 d/f 27-10-2022, presentado por OLGA ISABEL SUNCION CHAPILLIQUEN, representante legal de la EMPRESA CORPORACiÓN DE ALIMENTOS SAC.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE DE CARGA Y DESCARGA, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular cuyo detalle se muestra en el archivo adjunto.
TERCERO: DISPONER, que el HORARIO para !a PRESTACION DEL SERVICIO, deberá dar fiel CUMPLIMIENTO lo indicado en el punto seis de los considerandos del presente Informe y dispuesto O. M. N° 16-7-2018-MPT en sus articulas SEGUNDO Y TERCERO que REGULA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE
DE CARGA Y/O MERCANCIAS EN LA PROVINCIA DE TALARA.
CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular; para las Unidades Vehiculares mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACiÓN DE TRANSPORTE DE CARGA Y DESCARGA, en áreas especiales,
QUINTO: DISPONER, que la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO, a partir de notificado el acto administrativo, debiendo identificar la unidad con el logo del servicio que presta. y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el Numeral 57 Ordenanza Municipal N° 11-06-2018-MPT que aprueban el
TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC que regula el AUTORIZACiÓN DE TRANSPORTE DE CARGA Y DESCARGA, Y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como
nacional.
SEXTO: COMUNICAR, a Doña OLGA ISABEL SUNCION CHAPILLlQUEN, representante legal de la EMPRESA CORPORACiÓN DE ALIMENTOS SAC, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 030 1-202o-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios
Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el articulo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, cumplirá responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de Mercancías, que emanen de la Autoridad Municipal, debiendo evitar en todo momento el congestiona miento vehicular, lo cual será
fiscalizado por los Inspectores MunicipaleS de Transporte. para el fiel cumplimiento.
OCTAVO: ESTABLECER, que la presente autorización está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando la Empresa y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencía de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
NOVENO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Tránsito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de, Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular las Unidades que se consignan en el Segundo Punto, por habérsele autorizado.
DECIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
UNDECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en Expediente de Proceso 00016176 d/f 27-10-2022, presentado por OLGA ISABEL SUNCION CHAPILLIQUEN, representante legal de la EMPRESA CORPORACiÓN DE ALIMENTOS SAC.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE DE CARGA Y DESCARGA, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular cuyo detalle se muestra en el archivo adjunto.
TERCERO: DISPONER, que el HORARIO para !a PRESTACION DEL SERVICIO, deberá dar fiel CUMPLIMIENTO lo indicado en el punto seis de los considerandos del presente Informe y dispuesto O. M. N° 16-7-2018-MPT en sus articulas SEGUNDO Y TERCERO que REGULA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE
DE CARGA Y/O MERCANCIAS EN LA PROVINCIA DE TALARA.
CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular; para las Unidades Vehiculares mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACiÓN DE TRANSPORTE DE CARGA Y DESCARGA, en áreas especiales,
QUINTO: DISPONER, que la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO, a partir de notificado el acto administrativo, debiendo identificar la unidad con el logo del servicio que presta. y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el Numeral 57 Ordenanza Municipal N° 11-06-2018-MPT que aprueban el
TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC que regula el AUTORIZACiÓN DE TRANSPORTE DE CARGA Y DESCARGA, Y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como
nacional.
SEXTO: COMUNICAR, a Doña OLGA ISABEL SUNCION CHAPILLlQUEN, representante legal de la EMPRESA CORPORACiÓN DE ALIMENTOS SAC, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 030 1-202o-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios
Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el articulo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, cumplirá responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de Mercancías, que emanen de la Autoridad Municipal, debiendo evitar en todo momento el congestiona miento vehicular, lo cual será
fiscalizado por los Inspectores MunicipaleS de Transporte. para el fiel cumplimiento.
OCTAVO: ESTABLECER, que la presente autorización está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando la Empresa y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencía de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
NOVENO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Tránsito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de, Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular las Unidades que se consignan en el Segundo Punto, por habérsele autorizado.
DECIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
UNDECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA