Resolución Sub Gerencial N.° 1531-10-2022-SGTV-MPT

1 de diciembre de 2022

SE RESUELVE :

PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE
lo solicitado en el Expediente de Proceso Nº 0015956 d/f24.10.2022, presentado por el Sr. Ing. HARRY ODAR MAZZA, representante de la EMPRESA MOPSA PERÚ SAC.

SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE AGREGADOS, a 09 vehículos, cuyas placas según detallo:
ITEM PROPIETARIO PLACA CATEGORIA CAPACIDAD
01 BARRÓN ARANA, ARTURO GERARDO A9H - 861 N3 19.00 m3.
02 BARRÓN SIUCHO, ANGÉLICA A. COU - 921 N3 19.00 m3.
03 "MOPSA PERU" S.A.C P2C - 863 N3 19.00 m3.
04 SOSA ESPINOZA, HENRY JOEL F9B - 895 N3 19.00 m3.
05 CASTRO CRUZADO, WILDER ANTONIO C6L - 915 N3 19. 00 m3.
06 BARRÓN ARANA, ARTURO GERARDO AKE - 864 N3 19.00 m3.
07 ROMERO SIUCHO, ENRIQUE QUINTO C3E - 760 N3 19.00 m3.
08 ROMERO SIUCHO, ENRIQUE QUINTO D7R - 787 N3 19.00 m3.
09 ROMERO SIUCHO, ENRIQUE QUINTO D4J - 870 N3 19.00 m3
.
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE AGREGADOS, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio, que emanen de la Autoridad Municipal.
CUARTO: DISPONER, que la VIGENCIA de la presente Autorización es hasta el 11-11-2023, debiendo identificar a cada unidad con el lo o del servicio que presta - AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE AGREGADOS.
QUINTO: DISPONER
, que el HORARIO para la PRESTACIÓN DEL SERVICIO, será en CUMPLIMIENTO lo indicado en el punto de los considerandos del presente informe y dispuesto O. M. N° 16-7-2018-MPT en sus artículos SEGUNDO Y TERCERO que REGULA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGA Y/O MERCANCIAS EN LA PROVINCIA DE TALARA.
SEXTO: COMUNICAR
, a Don HARRY ODAR MAZZA, representante de la EMPRESA MOPSA PERU SAC, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial Nº 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los
servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el articulo 1 de la resolución Ministerial N°0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: DISPONER, que el administrado autorizado, cumplirá responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de Mercancías, que emanen de la Autoridad Municipal, debiendo evitar en todo momento el congestionamiento vehicular, lo cual será
fiscalizado por los Inspectores Municipales de Transporte, para el fiel cumplimiento.
OCTAVO: ESTABLECER que las condiciones de la presente autorización están sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
NOVENO: ENCARGAR, el cumplimiento de a presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
DECIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
UNDECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y DÉSE CUENTA.-
Vista preliminar de documento SGTV 1531.pdf

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