Resolución Sub Gerencial N.° 491-05-2022-SGTV-MPT
26 de octubre de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 036829 de fecha 22 de agosto del 2021, Y pagada la multa de 8.0% a imponer como sanción de la misma. DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor ACUÑA ALCARAZ-MARCELlNO por haber cometido la infracción al código de tránsito G.59.
SEGUNDO: SANCIONAR, con acumulación de 40 puntos en el historial del Sistema de Control de licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: DISPONER la medida preventiva de RETENCiÓN DEL VEHíCULO.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web, .
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor ACUÑA ALCARAZ-MARCELlNO en dirección señalada en generales de ley, y éste pueda recurrido dentro de los 15
días hábiles conforme a ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 036829 de fecha 22 de agosto del 2021, Y pagada la multa de 8.0% a imponer como sanción de la misma. DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor ACUÑA ALCARAZ-MARCELlNO por haber cometido la infracción al código de tránsito G.59.
SEGUNDO: SANCIONAR, con acumulación de 40 puntos en el historial del Sistema de Control de licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: DISPONER la medida preventiva de RETENCiÓN DEL VEHíCULO.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web, .
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor ACUÑA ALCARAZ-MARCELlNO en dirección señalada en generales de ley, y éste pueda recurrido dentro de los 15
días hábiles conforme a ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA