Resolución Sub Gerencial N.° 396-05-2022-SGTV-MPT
17 de octubre de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 036727 de fecha 28 de julio del 2021, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor CHINGUEL LACHAPELL-GIANCARLO por haber cometido la infracción al código de tránsito L.7.
SEGUNDO: SANCIONAR con la multa del 4.0% de una UIT, con acumulación de 10 puntos eh el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
CUARTO: NOTIFICAR, la presente al infractor CHINGUEL LACHAPELL-GIANCARLO en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
QUINTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 036727 de fecha 28 de julio del 2021, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor CHINGUEL LACHAPELL-GIANCARLO por haber cometido la infracción al código de tránsito L.7.
SEGUNDO: SANCIONAR con la multa del 4.0% de una UIT, con acumulación de 10 puntos eh el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
CUARTO: NOTIFICAR, la presente al infractor CHINGUEL LACHAPELL-GIANCARLO en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
QUINTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA