Resolución Sub Gerencial N.° 503-05-2022-SGTV-MPT
14 de octubre de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 036011 de fecha 14 de julio del 2021, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor FLORES CHAPILLIQUEN-CLAUDIO ENRIQUE por haber cometido la infracción al código de tránsito G.58.
SEGUNDO:SANCIONAR con la multa del 8.0% de una UIT, con acumulación de 20 puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO:DISPONER la medida preventiva de RETENCIÓN DEL VEHÍCULO.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor FLORES CHAPILLIQUEN-CLAUDIO ENRIQUE en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Sub9erencia Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.-
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 036011 de fecha 14 de julio del 2021, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor FLORES CHAPILLIQUEN-CLAUDIO ENRIQUE por haber cometido la infracción al código de tránsito G.58.
SEGUNDO:SANCIONAR con la multa del 8.0% de una UIT, con acumulación de 20 puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO:DISPONER la medida preventiva de RETENCIÓN DEL VEHÍCULO.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor FLORES CHAPILLIQUEN-CLAUDIO ENRIQUE en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Sub9erencia Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.-