Resolución Sub Gerencial N.° 282-05-2022-SGTV-MPT
10 de octubre de 2022
RESUELVE:
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 033429 de fecha 13 de abril del 2021, Y pagada la multa de 8.0% a imponer como sanción de la misma.
DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor CHUNGA MEDINA-PEDRO AUGUSTO por haber cometido la infracción al
código de tránsito G.58.
SEGUNDO: SANCIONAR con , con acumulación de 20 puntos en el historial del Sistema de Control de licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: DISPONER la medida preventiva de RETENCION DEL VEHíCULO.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor CHUNGA MEDINA-PEDRO AUGUSTO en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 033429 de fecha 13 de abril del 2021, Y pagada la multa de 8.0% a imponer como sanción de la misma.
DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor CHUNGA MEDINA-PEDRO AUGUSTO por haber cometido la infracción al
código de tránsito G.58.
SEGUNDO: SANCIONAR con , con acumulación de 20 puntos en el historial del Sistema de Control de licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: DISPONER la medida preventiva de RETENCION DEL VEHíCULO.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor CHUNGA MEDINA-PEDRO AUGUSTO en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA