Resolución Sub Gerencial N.° 451-05-2022-SGTV-MPT
13 de setiembre de 2022
SE RESUELVE :
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 036406 de fecha 22 de febrero del 2021, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor AMAYA BARRIENTOS-MISAEL BANY por haber cometido la infracción al código de tránsito M.2.
SEGUNDO: SANCIONAR con SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR TRES (3) AÑOS DESDE EL 22 DE FEBRERO DEL 2021 HASTA EL 22 DE FEBRERO DEL 2024 la multa del 50.0% de una UIT, con acumulación de O puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: DISPONER la medida preventiva de INTERNAMIENTO DEL VEHÍCULO Y RETENCIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor AMAYA BARRIENTOS-MISAEL BANY en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA.-
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 036406 de fecha 22 de febrero del 2021, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor AMAYA BARRIENTOS-MISAEL BANY por haber cometido la infracción al código de tránsito M.2.
SEGUNDO: SANCIONAR con SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR TRES (3) AÑOS DESDE EL 22 DE FEBRERO DEL 2021 HASTA EL 22 DE FEBRERO DEL 2024 la multa del 50.0% de una UIT, con acumulación de O puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: DISPONER la medida preventiva de INTERNAMIENTO DEL VEHÍCULO Y RETENCIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor AMAYA BARRIENTOS-MISAEL BANY en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA.-