Resolución Sub Gerencial N.° 331-05-2022-SGTV-MPT

7 de setiembre de 2022

SE RESUELVE :
PRIMERO: TENER
por no presentado el descargo de PIT 035945 de fecha 26 de junio del 2021, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA
del señor HUERTAS RAMIREZ-HECTOR por haber cometido la infracción al código de tránsito G.58.
SEGUNDO: SANCIONAR con la multa del 8.0% de una UIT, con acumulación de 20 puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: DISPONER la medida preventiva de RETENCIÓN DEL VEHICULO.
CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
QUINTO;. NOTIFICAR, la presente al infractor HUERTAS RAMIREZ-HÉCTOR en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.
SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.-
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