Resolución Sub Gerencial N.° 709-08-2022-SGTV-MPT

22 de agosto de 2022

SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE
, lo solicitado en el Expediente de Proceso Nº 00007790 d/f 09-06-2022, presentado por JOSÉ LUIS ROMERO BARRIENTOS.
SEGUNDO : OTORGAR, AUTORIZACIÓN PARA PRESTACIÓN DE SERVICIO ESPECIAL BAJO LA
MODALIDAD DE TAXI,
en vehículos de la categoría M1 de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que a continuación se detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA AÑO CATEGORIA
01 JOSE LUIS ROMERO BARRIENTOS H2I-174 2020 M1

TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para la unidad móvil
mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización para la Prestación del Servicio Especial bajo la modalidad de Taxi - Categoría M1, en la jurisdicción de Talara, tal como lo indica el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC en su Artículo 64º.
CUARTO: DISPONER, que la VIGENCIA de la Presente Autorización es por UN AÑO contados a partir de Notificado el Acto Administrado correspondiente y el cumplimiento como lo indica el artículo 4º numeral 4.21 de la O.M. Nº 23-11-2014-MPT de fecha 24-11-2014 y adecuándose bajo todo lo que cumpla con lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Vehículos, y el citado RNAT en cuanto les sea aplicables (D.S. 017-2009-MTC, Art. 23° inc. 23.2).
QUINTO: COMUNICAR a Don JOSÉ LUIS ROMERO BARRIENTOS, debe cumplir con lo indicado en el
Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, como condiciones de la presente autorización, a que está sujeta la
Modificación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando el Solicitante y/o sus conductores
contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia
de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
SEPTIMO: ESTABLECER, que la presente autorización NO considera ningún tipo de Autorización
automática para realizar servicio de transporte público de pasajeros como colectivo, en la
Jurisdicción de Talara.
OCTAVO: DISPONER, que el Administrado autorizado, debe cumplir responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio Especial de Transporte
Público de Personas en Taxi, que emanen de la Autoridad Municipal.
NOVENO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara.
DECIMO: ENCARGAR, a a Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de
la presente resolución en el Portal Web.
UNDECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA----
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