Resolución Sub Gerencial N.° 217-05-2022-UTIC/MPT

17 de agosto de 2022

SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER
por no presentado el descargo de PIT 034198 dé fecha 28 de febrero del 2021; y pagada la multa de 8.0% a imponer como sanción de la misma. DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor SANDOVAL TUÑOQUE CANDELARIO por haber cometido la infracción al Código de Transito G.58.

SEGUNDO: SANCIONAR; con acumulación de 20 puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.

TERCERO: DISPONER, la medida preventiva de RETENCION DEL VEHICULO.

CUARTO: ENCARGAR
, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicaci6n de la presente resolución en el Portal Web.

QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor SANDOVAL TUÑOQUE CANDELARIO en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.

SEXTO: ENCARGAR. el cumplimiento dé la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
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