Resolución Sub Gerencial N.° 209-08-2022-UTIC/MPT

16 de agosto de 2022

SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER
por no presentado el descargo de PIT 034372 de fecha 21 de Diciembre del 2020. DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del señor SOLANO ZAPATA MARCELA BELEN por haber cometido la infracción al código dé tránsito G.58.

SEGUNDO: SANCIONAR con INHABILITACiÓN PARA OBTENER LICENCIA DE CONDUCIR POR TRES (3) AÑOS DESDE EL 21 DE DICIEMBRE DEL 2020 HASTA El 21
DE DICIEMBRE DEL 2023 la multa del 50.0% de una UIT, con acumulación de 0 puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.

TERCERO; DISPONER la medida preventiva de RETENCiÓN DEL VEHICULO.

CUARTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnologia de lnformación y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.

QUINTO: NOTIFICAR, la presente al infractor SOLANO ZAPATA MARCELA BELEN en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15 días hábiles conforme a Ley.

SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Transito y Vialidad.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.
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