Resolución Sub Gerencial N.° 529-06-2022-SGTV/MPT

12 de agosto de 2022

SE RESUELVE:

PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE
, lo solicitado en el Expediente de Proceso N° 00007162 d/f 27-05-2022, presentado por GUISSETTY MARIBEL MEDINA DE CARPIO, representante de la Empresa MULTISERVICIOS MAPESA SRL

SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS, A GUISSETTY MARIBEL MEDINA DE CARPIO,
representante de la Empresa MULTISERVICIOS MAPESA SRL, con la flota vehicular cuyo detalle se aprecia en el archivo adjunto.

TERCERO: DISPONER, la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO teniendo como notificado el acto administrativo, debiendo identificar a cada unidad con el logo del servicio que presta AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS Y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el ítem 58 numeral 58.1, Ordenanza Municipal 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N' 017-2009-MTC y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional.

CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Tercer Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio, que emanen de la Autoridad Municipal.

QUINTO: COMUNICAR, a GUISSETTY MARIBEL MEDINA DE CARPIO
, representante de la Empresa MUL TISERVICIOS MAPESA SRL, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios,
aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N' 0258-2020-MTC/01.

SEXTO: ESTABLECER
, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. N' 0172009-MTC y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.

SEPTIMO: ESTABLECER
, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.

OCTAVO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular las Unidades autorizadas.

NOVENO: ENCARGAR
, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.

DECIMO: NOTIFICAR,
al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.

UNDECIMO: ENCARGAR
, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA

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