Resolución Sub Gerencial N.° 593-06-2022-SGTV-MPT

12 de agosto de 2022

SE RESUELVE:

PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE
, lo solicitado en el Expediente de Proceso N° 00007620 d/f 07-06-2022, presentado por MERY ANTHUANET CORONADO ALVARADO, Gerente General de la Empresa de Transportes y Servicios Generales LOS TALAREÑOS SAC.

SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN PARA PRESTACiÓN DE SERVICIO ESPECIAL BAJO LA MODALIDAD DE TAXI,
en vehículos de la categoría M1 de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que se detalla en el archivo adjunto.

TERCERO: DISPONER,
la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para la unidad móvil mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización para la Prestación del Servicio Especial bajo la modalidad de Taxi - Categoría M1, en la jurisdicción de Talara, tal como lo indica el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC en su Artículo 64°.

CUARTO: DISPONER,
que la VIGENCIA de la Presente Autorización es por UN AÑO contados a partir de Notificado el Acto Administrado correspondiente y el cumplimiento como lo indica el artículo 4° numeral 4.21 de la O. M. W 23-11-2014-MPT de fecha 24-11-2014 y adecuándose bajo todo lo que cumpla con lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Vehículos, y el citado RNAT en cuanto les sea aplicables (D.S. 017-2009-MTC, Art. 23° inc. 23.2).

QUINTO: COMUNICAR a Doña MERY ANTHUANET CORONADO ALVARADO
, Gerente General de la Empresa de Transportes y Servicios Generales LOS TALAREÑOS SAC, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial W 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación
obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.

SEXTO: ESTABLECER,
como condiciones de la presente autorización, a que está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando el Solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.

SEPTIMO:
ESTABLECER, que la presente autorización NO considera ningún tipo de Autorización automática para realizar servicio de transporte público de pasajeros como colectivo, en la Jurisdicción de Talara.

OCTAVO: DISPONER
, que el Administrado autorizado, debe cumplir responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio Especial de Transporte Público de Personas en Taxi, que emanen de la Autoridad Municipal.

NOVENO: NOTIFICAR
, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara.

DECIMO: ENCARGAR,
a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.

UNDECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA

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