Resolución Sub Gerencial N.° 198-05-2022-SGTV-MPT
10 de agosto de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso Nº 00002171 d/f 21-02-2022, presentado por NILA MENDOZA SANTOS.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN PARA PRESTACIÓN DE SERVICIO ESPECIAL BAJO LA
MODALIDAD DE TAXI, en vehículos de la categoría M1 de la clasificación vehicular, con la
flota vehicular que a continuación se detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA AÑO CATEGORIA
01 NILA MENDOZA SANTOS BKN - 636 2019 M1
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para la unidad móvil
mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización
para la Prestación del Servicio Especial bajo la modalidad de Taxi - Categoría M1, en la
jurisdicción de Talara, tal como lo indica el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC en su Artículo 64º.
CUARTO: DISPONER, que la VIGENCIA de la Presente Autorización es por UN AÑO contados a partir
de Notificado el Acto Administrado correspondiente y el cumplimiento como lo indica el artículo
4º numeral 4.21 de la O.M. N° 23-11-2014-MPT de fecha 24-11-2014 y adecuándose bajo todo
lo que cumpla con lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Vehículos, y el citado RNAT en
cuanto les sea aplicables (D.S. 017-2009-MTC, Art. 23° inc. 23.2).
QUINTO: COMUNICAR a Doña NILA MENDOZA SANTOS, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica
los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial Nº 0258-2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, como condiciones de la presente autorización, a que está sujeta a
Modificación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando el Solicitante y/o sus conductores
contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia
de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
SEPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, debe cumplir responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio Especial de Transporte Público de Personas en Taxi, que emanen de la Autoridad Municipal.
OCTAVO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
UNDECIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y
Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA---
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso Nº 00002171 d/f 21-02-2022, presentado por NILA MENDOZA SANTOS.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN PARA PRESTACIÓN DE SERVICIO ESPECIAL BAJO LA
MODALIDAD DE TAXI, en vehículos de la categoría M1 de la clasificación vehicular, con la
flota vehicular que a continuación se detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA AÑO CATEGORIA
01 NILA MENDOZA SANTOS BKN - 636 2019 M1
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para la unidad móvil
mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización
para la Prestación del Servicio Especial bajo la modalidad de Taxi - Categoría M1, en la
jurisdicción de Talara, tal como lo indica el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC en su Artículo 64º.
CUARTO: DISPONER, que la VIGENCIA de la Presente Autorización es por UN AÑO contados a partir
de Notificado el Acto Administrado correspondiente y el cumplimiento como lo indica el artículo
4º numeral 4.21 de la O.M. N° 23-11-2014-MPT de fecha 24-11-2014 y adecuándose bajo todo
lo que cumpla con lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Vehículos, y el citado RNAT en
cuanto les sea aplicables (D.S. 017-2009-MTC, Art. 23° inc. 23.2).
QUINTO: COMUNICAR a Doña NILA MENDOZA SANTOS, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica
los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial Nº 0258-2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, como condiciones de la presente autorización, a que está sujeta a
Modificación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando el Solicitante y/o sus conductores
contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia
de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
SEPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, debe cumplir responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio Especial de Transporte Público de Personas en Taxi, que emanen de la Autoridad Municipal.
OCTAVO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
UNDECIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y
Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA---