Resolución Sub Gerencial N.° 664-06-2022-SGTV-MPT

4 de agosto de 2022

SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE
, lo solicitado en el Expediente de Proceso Nº 00006888 d/f 24-05-2022, presentado por la señora TRIXI YANET CHUNGA LUPUCHE - Representante de la
EMPRESA DE TRANSPORTE Y SERVICIOS TRIXI YANET EIRL.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE
DE TRABAJADORES
en los vehículos de CATEGORÍA M2, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que a continuación se detalla:
Nº PROPIETARIO PLACA AÑO CATEGORIA
01 CHUNGA LUPUCHE, TRIXI JANET P1M-963 2012 M2 Microbús
03 CHUNGA LUPUCHE, TRIXI JANET P2D-957 2017 M2 Microbús
TERCERO: DISPONER,
la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades
vehiculares mencionadas en el Tercer Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la
Autorización de Prestación de Servicio Especial de Transporte de Trabajadores, tal como lo
indica el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC en su Artículo 64º.
CUARTO: DISPONER, la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO, teniendo como fecha de vencimiento a la fecha de notificado el acto administrativo, y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el ítem 59 numeral 1, Ordenanza Municipal Nº 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC que regula el transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
QUINTO: COMUNICAR, a Doña TRIXI YANET CHUNGA LUPUCHE - Representante de la EMPRESA
DE TRANSPORTE Y SERVICIOS TRIXI YANET EIRL
, debe cumplir con lo indicado en el
Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020,
que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el
ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para
la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-
2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S.
N° 017-2009-MTC a través de la O.M. N° 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el
transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara,
donde se está incluyendo al Transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en
las disposiciones que determine a normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación,
anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo
dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y
Vialidad de a Municipalidad Provincial de Talara
OCTAVO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y
Vialidad.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.---
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