Resolución Sub Gerencial N.° 638-06-2022-SGTV-MPT
3 de agosto de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso 00006172 d/f 10-05-2022, presentado por la Sra. ANGELICA ABANTO DE CLAVIJO - Representante de la Empresa de
Transporte Logísticos y Servicios Generales "MELCHORITA EIRL".
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO Y ESPECIAL EN VEHÍCULOS, EN LA JURISDICCIÓN DE TALARA - SERVICIO ESPECIAL DE
TRANSPORTE DE TRABAJADORES, con la flota vehicular que a continuación se detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA AÑO CATEGORIA
01 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO ADU-943 2003 M3
02 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO P3G-794 1995 M2
03 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO T5V-410 2021 M2
04 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO P1G-744 2010 M2
05 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO P1J-774 2011 M3
06 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO P2T-551 2016 M2-C3
07 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO P3W-853 2017 M3-C3
08 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO T20-709 2018 M2-C3
TERCERO: DISPONER, la entrega de os Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización de Prestación de Servicio Especial de Transporte de Trabajadores, tal como lo indica el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC en su Articulo 64'.
CUARTO: DISPONER, la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO, teniendo como fecha de vencimiento a la fecha de notificado el acto administrativo, y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el ítem 59 numeral 1, Ordenanza Municipal Nº 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N' 017-2009-MTC que regula el transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
QUINTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. N' 017-2009-MTC a través de la O.M. N' 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo al Transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SEXTO: COMUNICAR a Doña ANGELICA ABANTO DE CLAVIJO - Representante de la Empresa de
Transporte Logísticos y Servicios Generales "MELCHORITA EIRL", debe cumplir con lo indicado en el Anexo VIII, de la Resolución Ministerial N' 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el articulo 1 de la resolución Ministerial N' 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización, está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.-
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso 00006172 d/f 10-05-2022, presentado por la Sra. ANGELICA ABANTO DE CLAVIJO - Representante de la Empresa de
Transporte Logísticos y Servicios Generales "MELCHORITA EIRL".
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO Y ESPECIAL EN VEHÍCULOS, EN LA JURISDICCIÓN DE TALARA - SERVICIO ESPECIAL DE
TRANSPORTE DE TRABAJADORES, con la flota vehicular que a continuación se detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA AÑO CATEGORIA
01 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO ADU-943 2003 M3
02 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO P3G-794 1995 M2
03 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO T5V-410 2021 M2
04 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO P1G-744 2010 M2
05 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO P1J-774 2011 M3
06 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO P2T-551 2016 M2-C3
07 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO P3W-853 2017 M3-C3
08 ANGELITA ABANTO DE CLAVIJO T20-709 2018 M2-C3
TERCERO: DISPONER, la entrega de os Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización de Prestación de Servicio Especial de Transporte de Trabajadores, tal como lo indica el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC en su Articulo 64'.
CUARTO: DISPONER, la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO, teniendo como fecha de vencimiento a la fecha de notificado el acto administrativo, y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el ítem 59 numeral 1, Ordenanza Municipal Nº 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N' 017-2009-MTC que regula el transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
QUINTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. N' 017-2009-MTC a través de la O.M. N' 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo al Transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SEXTO: COMUNICAR a Doña ANGELICA ABANTO DE CLAVIJO - Representante de la Empresa de
Transporte Logísticos y Servicios Generales "MELCHORITA EIRL", debe cumplir con lo indicado en el Anexo VIII, de la Resolución Ministerial N' 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el articulo 1 de la resolución Ministerial N' 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización, está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.-