Resolución Sub Gerencial N.° 33330-2019-SGTV-MPT-2020
21 de julio de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 033330 aplicada al Infractor Sr. LANDAETA URBANEJA-OSCAR EDUARDO, identificado con DNI de conformidad a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
SEGUNDO: SANCIONAR al administrado infractor LANDAET A URBANEJA-OSCAR EDUARDO por la infracción de Código G.47, con la multa de 8.00% de una UIT vigente.
TERCERO: SANCIONAR al Conductor Infractor con el registro de 20 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
CUARTO: REMOVER el vehículo de Placa de Rodaje Nº 1452QM, conforme a lo tipificado en el Código G.47 del Reglamento Nacional de tránsito.
QUINTO: VENCIDO, el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT Nº 033330.
SEXTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante las claves de acceso a la base dedatos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ingrese la Papeleta de Infracción alTránsito Nº 033330 d/f 25-12-2019, en el Registro Nacional de Sanciones.
SETIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina de AdministraciónTributaria y Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de lapresente resolución en el Portal Web.
NOVENO: NOTIFICAR, al administrado infractor LANDAET A URBANEJA-OSCAR EDUARDO, conlas formalidades de Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.-
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 033330 aplicada al Infractor Sr. LANDAETA URBANEJA-OSCAR EDUARDO, identificado con DNI de conformidad a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
SEGUNDO: SANCIONAR al administrado infractor LANDAET A URBANEJA-OSCAR EDUARDO por la infracción de Código G.47, con la multa de 8.00% de una UIT vigente.
TERCERO: SANCIONAR al Conductor Infractor con el registro de 20 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
CUARTO: REMOVER el vehículo de Placa de Rodaje Nº 1452QM, conforme a lo tipificado en el Código G.47 del Reglamento Nacional de tránsito.
QUINTO: VENCIDO, el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT Nº 033330.
SEXTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante las claves de acceso a la base dedatos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ingrese la Papeleta de Infracción alTránsito Nº 033330 d/f 25-12-2019, en el Registro Nacional de Sanciones.
SETIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina de AdministraciónTributaria y Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de lapresente resolución en el Portal Web.
NOVENO: NOTIFICAR, al administrado infractor LANDAET A URBANEJA-OSCAR EDUARDO, conlas formalidades de Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.-