Resolución Sub Gerencial N.° 33318-2019-SGTV-MPT-2020
20 de julio de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito N° 033318 aplicada al Infractor Sr. JIMENEZ ARJONEZ-ANTONIO DARlO, identificado con DNI de conformidad a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
SEGUNDO: SANCIONAR al administrado infractor JIMENEZ ARJONEZ-ANTONIO DARlO por la infracción de Código G.47, con la multa de 8.00% de una UIT vigente.
TERCERO: SANCIONAR al Conductor Infractor con el registro de 20 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
CUARTO: REMOVER el vehículo de Placa de Rodaje N° 05700P, conforme a lo tipificado en el Código G. 47 del Reglamento Nacional de tránsito.
QUINTO: VENCIDO, el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT N° 033318.
SEXTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante las claves de acceso a la base de datos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ingrese la Papeleta de Infracción al Tránsito N° 033318 d/f 09-12-20 19, en el Registro Nacional de Sanciones.
SETIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina de Administración Tributaria y Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
NOVENO: NOTIFICAR, al administrado infractor JIMENEZ ARJONEZ-ANTONIO DARlO, con las formalidades de Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito N° 033318 aplicada al Infractor Sr. JIMENEZ ARJONEZ-ANTONIO DARlO, identificado con DNI de conformidad a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
SEGUNDO: SANCIONAR al administrado infractor JIMENEZ ARJONEZ-ANTONIO DARlO por la infracción de Código G.47, con la multa de 8.00% de una UIT vigente.
TERCERO: SANCIONAR al Conductor Infractor con el registro de 20 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
CUARTO: REMOVER el vehículo de Placa de Rodaje N° 05700P, conforme a lo tipificado en el Código G. 47 del Reglamento Nacional de tránsito.
QUINTO: VENCIDO, el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT N° 033318.
SEXTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante las claves de acceso a la base de datos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ingrese la Papeleta de Infracción al Tránsito N° 033318 d/f 09-12-20 19, en el Registro Nacional de Sanciones.
SETIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina de Administración Tributaria y Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
NOVENO: NOTIFICAR, al administrado infractor JIMENEZ ARJONEZ-ANTONIO DARlO, con las formalidades de Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA