Resolución Sub Gerencial N.° 006975-2019-SGTV-MPT

20 de julio de 2022

SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO
, el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 006975 d/f 13-01-2019, aplicada al Infractor Sr. MEDINA OLIVERO-CARLOS EDUARDO, de conformidad a la normativa legal vigente.
SEGUNDO: DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.3 del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Tránsito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito Nº 006975 d/f 13-01-2019 equivalente al 50 % de la U.l.T vigente; a MEDINA OLIVERO-
CARLOS EDUARDO
y la Inhabilitación de la Licencia de Conducir por (3 años), a partir de
13-01-2019 al 13-01-2022, en aplicación de la Papeleta de lnfracción al Tránsito Nº 006975 d/f
13-01-2019.
TERCERO: VENCIDO
el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT Nº 006975.
CUARTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante las claves de acceso a la base de datos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ingrese la Papeleta de Infracción al
Tránsito Nº 006975 d/f 13-01-2019, en el Registro Nacional de Sanciones.
QUINTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina de Administración
Tributaria y Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
SEXTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
SETIMO: NOTIFICAR, al administrado infractor MEDINA OLIVERO-CARLOS EDUARDO, con las
formalidades de Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.-
Vista preliminar de documento sgtv 6975.pdf

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