Resolución Sub Gerencial N.° 202-05-2022-SGTV-MPT

20 de junio de 2022

SE RESUELVE:

PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente en Proceso N° 00004447 de fecha 06.04.2022, presentado por el señor EDILBERTO ECHE BUSTAMANTE, - Presidente y representante de la Asociación de Mototaxis "EL OVALO"

SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN INCREMENTO DE FLOTA PARA LA PRESTACiÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHíCULOS MENORES MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE PARIÑAS JURISDICCiÓN DE LA PROVINCIA DE TALARA con OCHO (08) UNIDADES TRIMOVILES a la ASOCIACiÓN DE MOTOTAXIS "El OVALO", presentada por el Señor: Edilberto Eche Bustamante con D.N.I N° 03828971 con domicilio en Urb. Luis Negreiros Vega Mz. M Lt. 32 Distrito Pariñas Provincia de Talara, CON LA FLOTA TOTAL VEHICULAR ACTUALIZADA en DOCE (12) UNIDADES. VEHICULARES. que se detalla en el archivo adjunto.

TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización de INCREMENTO DE FLOTA, tal como lo indica el Decreto Supremo N° 0172009-MTC en su Artículo 64°.

CUARTO: DISPONER, la VIGENCIA de la Presente Autorización será en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 15° Inciso b) de la O.M. N° 03-01-2014-MPT, la misma que empieza a partir del día siguiente de la expedición de la misma.

QUINTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. N" 017-2009-MTC a través de la O.M. N° 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo al Transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.

SEXTO: COMUNICAR a EDILBERTO ECHE BUSTAMANTE, - Presidente y representante de la Asociación de Mototaxis "EL OVALO, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VIII, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de
los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N" 0258-2020-MTC/01.

SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización, está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara

OCTAVO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara.

NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.

DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.

UNDECIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
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