Resolución Sub Gerencial N.° 61-03-2022-SGTV-MPT

14 de junio de 2022

SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente en Proceso N° 00001070, presentado por el señor JHON GIUSEPPE, CHECA PEÑA, Gerente de la EMPRESA "LOS CHURRES TOURS" S.A.C.

SEGUNDO:  OTORGAR, AUTORIZACiÓN INCREMENTO DE FLOTA de las unidades vehiculares de la Categoría M2 de la clasificación vehicular, a la EMPRESA "LOS CHURRES TOURS" S.A.C, presentado por su Gerente General Jhon Giuseppe, Checa Peña identificado con DNI N° 72486552 con domicilio en la Calle El Alto Mz. C Lt. 1 Urb. Santa Rosa N" 95 Distrito Sullana Provincia Sullana, con la flota total vehicular actualizada en DIECISÉIS (16) unidades que se detalla en el archivo adjunto.

TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización de INCREMENTO DE FLOTA, tal como lo indica el Decreto Supremo N° 0172009-MTC en su Articulo 64°.

CUARTO: DISPONER, VIGENCIA de la Presente Autorización será en cumplimiento a lo dispuesto en el punto 4° parte resolutiva de la R. SG N° 194-08-2021-GSP-MPT de fecha 20.08.2021 y su flota vehicular estará conformada por un total DIECISÉIS (16) UNIDADES VEHICULARES.

QUINTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC a través de la O.M. N" 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo al Transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.

SEXTO: COMUNICAR a JHON GIUSEPPE, CHECA PEÑA, Gerente de la EMPRESA "LOS CHURRES TOURS" S.A.C, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VIII, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N" 0258-2020-MTC/01.

SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización, está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara

OCTAVO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular las Unidades de Placas: P2N-686, P2G-960, BCR-916, AXB-717, P4A-906, F6D-958, P2E-956, por habérseles autorizado.

NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.

DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.

UNDECIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA 




Documentos

Vista preliminar de documento rt_061-03-2022.pdf

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