Resolución Sub Gerencial N.° 118-04-2022-SGTV-MPT

9 de junio de 2022

SE RESUELVE:

PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en Expediente de Proceso N° Proceso 00003660 d/f 22.03.2022, presentado por el señor PEDRO ELlSEO URIARTE REQUE, Presidente y Representante de la ASOCIACION DE CHOFERES y PROPIETARIOS DE MOTOTAXISTAS "RODOLFO SÁNCHEZ TORRES",

SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN PROVISIONAL DE PARADERO DE SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO a PEDRO ELlSEO URIARTE REQUE con D.N.I N" 03824997 con domicilio en el A.H. Sánchez Cerro e - 7 - Talara Alta, como presidente y representante de la ASOCIACION DE CHOFERES y PROPIETARIOS DE
MOTOTAXISTAS "RODOLFO SÁNCHEZ TORRES", en el lugar ubicado que se indica en el plano adjunto (esquina entre el Pasaje frente al Jr. Tarapacá y Luis Frasser). Debiendo estacionar un vehículo de turno y otro en espera, las tres unidades restantes deberán parquear fuera del lugar sin obstaculizar el área, sin ocasionar congestión en la vía, con las unidades que se detalla en el archivo adjunto.

TERCERO: DISPONER, que de existir exceso de vehículos autorizados, serán intervenidos y sancionados por los Inspectores de Transportes; de conformidad a las normas legales vigentes.

CUARTO: DISPONER, que la VIGENCIA de la Presente Autorización será en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 63° de la Ordenanza Municipal N° 11-06-2018-MPT (TUPA), de UN AÑO la misma que Empieza a partir del día siguiente de la expedición de la misma.

QUINTO: POR LOS ANTECEDENTES PRESENTADOS EN DIFERENTES ZONA SE DEBE OTORGAR EN FORMA EXCEPCIONAL LA DE AUTORIZACiÓN PROVISIONAL DE PARADERO DE SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS en cumplimiento a lo expuesto en el punto 4 de los considerandos del presente informe dejándose sin efecto la presente autorización a la primera acta de control impuesta por los inspectores de Tránsito por desacato e incumplimiento

SEXTO: COMUNICAR, al señor PEDRO ELlSEO URIARTE REQUE, Presidente y Representante de la ASOCIACION DE CHOFERES y PROPIETARIOS DE MOTOTAXISTAS "RODOLFO SÁNCHEZ TORRES", para que cumpla con lo indicado en el Artículo 230 de la O.M. N° 03-01-2014-MPT que a la letra dice: Los paraderos de vehículos menores de transporte, serán señalizados conforme al Reglamento Nacional de Tránsito y Manual de Dispositivos de Control de Transito Automotora, para calles y carreteras aprobado mediante Resolución Ministerial N° 210-2000-MTC/15 02 d/f 03-05-2000, los paraderos serán señalizados
Horizontalmente (marca en la calzada) de color blanco y con la Inscripción "Paradero Autorizado, así como también, que deben colocar a una persona para que controle y supervise el movimiento de los vehículos, así como con la demás norma vigente pertinente.

SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente estará sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación, Suspensión y/o Renovación; cuando el Transportista contravenga lo dispuesto en la normatividad legal vigente, o cuando afecte el interés público, previo informe de la Sub Gerencia de Tránsito y Vialidad

OCTAVO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.

NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.

DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENT
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