Resolución Sub Gerencial N.° 357-05-2022-SGTV-MPT
7 de junio de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso N° 00005880 d/f 05-05-2022, presentado por PABLO CRISTOBAL MIRANDA GONZALEZ - Representante de la Empresa GESTION DE SERVICIOS AMBIENTALES SAC.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS, a PABLO CRISTOBAL MIRANDA GONZALEZ - Representante de la Empresa GESTION DE SERVICIOS AMBIENTALES SAC, identificado con C.E. N° 000636765, con RUC N° 20507850091, en vehículos de CATEGORíA N2, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular cuyo detalle se encuentra en el archivo adjunto.
TERCERO: DISPONER, la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO teniendo como notificado el acto administrativo, debiendo identificar a cada unidad con el lago del servicio que presta - AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS Y su
otorgamiento está condicionado a lo establecido en el ítem 58 numeral 58.1, Ordenanza Municipal 11-06- 2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que
determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional.
CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Tercer Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio, que emanen de la Autoridad Municipal.
QUINTO: COMUNICAR, a Don PABLO CRISTOBAL MIRANDA GONZALEZ - Gerente General de la Empresa GESTION DE SERVICIOS AMBIENTALES SAC, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos
Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad
Provincial de Talara
OCTAVO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular las Unidades autorizadas.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
UNDECIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLAS E Y DESE CUENTA
SEPTIMO:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso N° 00005880 d/f 05-05-2022, presentado por PABLO CRISTOBAL MIRANDA GONZALEZ - Representante de la Empresa GESTION DE SERVICIOS AMBIENTALES SAC.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS, a PABLO CRISTOBAL MIRANDA GONZALEZ - Representante de la Empresa GESTION DE SERVICIOS AMBIENTALES SAC, identificado con C.E. N° 000636765, con RUC N° 20507850091, en vehículos de CATEGORíA N2, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular cuyo detalle se encuentra en el archivo adjunto.
TERCERO: DISPONER, la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO teniendo como notificado el acto administrativo, debiendo identificar a cada unidad con el lago del servicio que presta - AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS Y su
otorgamiento está condicionado a lo establecido en el ítem 58 numeral 58.1, Ordenanza Municipal 11-06- 2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que
determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional.
CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Tercer Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio, que emanen de la Autoridad Municipal.
QUINTO: COMUNICAR, a Don PABLO CRISTOBAL MIRANDA GONZALEZ - Gerente General de la Empresa GESTION DE SERVICIOS AMBIENTALES SAC, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos
Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad
Provincial de Talara
OCTAVO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular las Unidades autorizadas.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
UNDECIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLAS E Y DESE CUENTA
SEPTIMO: