Resolución Sub Gerencial N.° 162-05-2022-SGTV-MPT
3 de junio de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 036685 de fecha 29 de julio del 2021, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABlLIDAD
ADMINISTRATIVAdel señor MELGAR VELAOCHAGA-MATEO por haber cometido la infracción al código de tránsito G.18.
SEGUNDO: SANCIONAR con la multa del 8.0% de una UIT, con acumulación de 30 puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
CUARTO: NOTIFICAR, la presente al infractor MELGAR VELAOCHAGA-MATEO en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15
días hábiles conforme a Ley.
QUINTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de PIT 036685 de fecha 29 de julio del 2021, DECLARAR LA EXISTENCIA DE RESPONSABlLIDAD
ADMINISTRATIVAdel señor MELGAR VELAOCHAGA-MATEO por haber cometido la infracción al código de tránsito G.18.
SEGUNDO: SANCIONAR con la multa del 8.0% de una UIT, con acumulación de 30 puntos en el historial del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.
TERCERO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
CUARTO: NOTIFICAR, la presente al infractor MELGAR VELAOCHAGA-MATEO en dirección señalada en generales de Ley, y éste pueda recurrirlo dentro de los 15
días hábiles conforme a Ley.
QUINTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.