Resolución Sub Gerencial N.° 34557-2020-SGTV-2020

23 de mayo de 2022

SE RESUELVE:

PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO,
el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 034557 d/f 17-07-2020, aplicada al Infractor Sr. DIOS CORONADO PAUL ALBERTO, de conformidad a la normativa legal vigente.

SEGUNDO: DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.2 del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito Nº 034557 d/f 17-07-2020 equivalente al 50 % de la U.I.T vigente; a DIOS CORONADO PAUL ALBERTO y la Suspensión de la Licencia de Conducir por (3 años), a partir del 17-07-2020 al 17-07-2023.

TERCERO: DISPONER que una vez cumplido el periodo de suspensión de la licencia de conducir del Sr. DIOS CORONADO PAUL ALBERTO, para el levantamiento de la sanción deberá presentar copia de la Constancia de finalización del Taller "Cambiemos de actitud", la misma que debe ser expedida por una Escuela de Conductores.

CUARTO: VENCIDO el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la
cobranza de la infracción en la PIT Nº 034557.

QUINTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante las claves de acceso a la base de datos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ingrese la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 034557 d/f 17-07-2020, en el Registro Nacional de Sanciones.

SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina de Administración Tributaria y Subgerencia de Tránsito y Vialidad.

SETIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.

OCTAVO: NOTIFICAR, al administrado infractor DIOS CORONADO PAUL ALBERTO, con las formalidades de Ley.

REGISTRESE, COMUNIQUES CUMPLASE Y DESE CUENTA.
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