Resolución Sub Gerencial N.° 8187-2019-SGTV-MPT-2019
20 de mayo de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 008187 de fecha 28-06-2019 aplicada al Infractor Sr. QUEZADA ZAPATA ALEJANDRO MIGUEL de conformidad a la normativa legal vigente.
SEGUNDO: SANCIONAR al CONDUCTOR INFRACTOR con el pago del 12.00% de una UIT, como sanción pecuniaria por la comisión de la infracción tipificada con el CÓDIGO M.28 DEL REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO.
TERCERO: SANCIONAR al conductor infractor con el registro de 50 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
CUARTO: RETENER el vehículo de Placa de Rodaje Nº P29887, conforme a lo tipificado en el CÓDIGO M.28 DEL REGLAMENTO NACIONAL DE TRÁNSITO.
QUINTO: VENCIDO, el 'plazo de 15 días hábiles sin que se haya interpuesto recurso alguno, la presente Resolución quedará firme y consentida, derivando Secretaria de Tránsito y Vialidad a la Oficina de Administración Tributaria el expediente original y antecedentes, para la cobranza de la infracción comprendida en la presente resolución contenida en la Papeleta de Infracción al Transito Nº 008187 d/f 28-06-2019, se proceda a ingresar la presente sanción al Registro Nacional de Sanciones, se dé cumplimiento a los procedimientos a que hubiere lugar.
SEXTO: ENCARGAR;;a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presenteresolución en el Portal Web.
SETIMO: NOTIFICAR, al administrado infractor a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA
PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 008187 de fecha 28-06-2019 aplicada al Infractor Sr. QUEZADA ZAPATA ALEJANDRO MIGUEL de conformidad a la normativa legal vigente.
SEGUNDO: SANCIONAR al CONDUCTOR INFRACTOR con el pago del 12.00% de una UIT, como sanción pecuniaria por la comisión de la infracción tipificada con el CÓDIGO M.28 DEL REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO.
TERCERO: SANCIONAR al conductor infractor con el registro de 50 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
CUARTO: RETENER el vehículo de Placa de Rodaje Nº P29887, conforme a lo tipificado en el CÓDIGO M.28 DEL REGLAMENTO NACIONAL DE TRÁNSITO.
QUINTO: VENCIDO, el 'plazo de 15 días hábiles sin que se haya interpuesto recurso alguno, la presente Resolución quedará firme y consentida, derivando Secretaria de Tránsito y Vialidad a la Oficina de Administración Tributaria el expediente original y antecedentes, para la cobranza de la infracción comprendida en la presente resolución contenida en la Papeleta de Infracción al Transito Nº 008187 d/f 28-06-2019, se proceda a ingresar la presente sanción al Registro Nacional de Sanciones, se dé cumplimiento a los procedimientos a que hubiere lugar.
SEXTO: ENCARGAR;;a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presenteresolución en el Portal Web.
SETIMO: NOTIFICAR, al administrado infractor a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA