Resolución Sub Gerencial N.° 54-03-2022-SGTV-MPT

13 de abril de 2022

SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expedientes de Proceso Nº 00018143 d/f 26.11.2021, presentado por el señor TOBIAS DESIDERIO MURGA PASTOR, Gerente General de la EMPRESA MURGISA SERVICIOS GENERALES SRL

SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE AGREGADOS, a 11 vehículos, cuyas placas se detallan en el archivo adjunto

TERCERO: DISPONER, a entrega de os Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE AGREGADOS, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el
Servicio, que emanen de la Autoridad Municipal.

CUARTO: DISPONER, que la VIGENCIA de la Presente Autorización es por un año teniendo como notificado el acto administrativo y su otorgamiento está condicionado a o establecido en el Ítem 58 numeral 58.1, Ordenanza Municipal Nº 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC. y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional.

QUINTO: DISPONER, que el HORARIO para a PRESTACIÓN DEL SERVICIO, será en CUMPLIMIENTO lo indicado en el punto seis de los considerandos del presente informe y dispuesto O.M. Nº 16-7-2018-MPT en sus artículos SEGUNDO Y TERCERO que REGULA LA PRESTACION SEL SERVICIO DE
TRANSPORTE DE AGREGADOS.

SEXTO: COMUNICAR, a Don TOBIAS DESIDERIO MURGA PASTOR, Gerente General de la EMPRESA MURGISA SERVICIOS GENERALES SRL, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial Nº 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial Nº 0258-2020-MTC/01.

SÉPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, cumplirá responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de Mercancías, que emanen de la Autoridad Municipal, debiendo evitar en todo momento el congestionamiento vehicular, lo cual será
fiscalizado por los Inspectores Municipales de Transporte, para el fiel cumplimiento.
OCTAVO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad
Provincial de Talara

NOVENO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a a Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.

DÉCIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de a presente resolución en el Portal Web.

UNDÉCIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA
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