Resolución Sub Gerencial N.° 62-03-2022-SGTV-MPT
8 de abril de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, los Expedientes de Procesos 00001745 d/f 11-02-2022, presentado por IGNACIA RIVERA DE YARLEQUE, Gerente General de a Empresa de Transporte RIMOVE SRL.
SEGUNDO: DAR DE BAJA a los NUEVE (09) vehículos registrados en el Permiso de Operaciones de a EMPRESA DE TRANSPORTES "RIMOVE" E.I.R.L según Resolución de Gerencia Nº 329-09-2015-GSP-MPT, Resolución de Subgerencia N° 1382-11-2018-SGTV-MPT, Resolución de Subgerencia Nº 1297-08-2018-SGTV-MPT que se detalla en el documento adjunto.
TERCERO: OTORGAR la AUTORIZACION SUSTITUCION DE FLOTA de las unidades vehiculares de la Categoría M1 de la clasificación vehicular, a la EMPRESA DE TRANSPORTES "RIMOVE" E.I.R.L. presentado por la Gerente General Sra. lgnacia Rivera de Yarleque. con documento de identidad Nº 03859635 domiciliado en Calle Arequipa 543 - La Brea, con a flota total vehicular actualizada en TREINTA Y OCHO (38) UNIDADES VEHICULARES que se detalla en el documento adjunto.
CUARTO: DISPONER la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el tercer Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele a SUSTITUCIÓN DE FLOTA VEHICULAR - AUTORIZACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE
PERSONAS INTERURBANO, EN LA MODALIDAD DE TAXI COLECTIVO DE LA CATEGORÍA M1, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio, que emanen de a Autoridad Municipal.
QUINTO: DISPONER, que la VIGENCIA de la Presente Autorización será en cumplimiento a lo dispuesto en el punto 3' parte resolutiva de la R. G. N' 329-09-2015-GSP-MPT de fecha 15 Setiembre del 2015 y a flota total vehicular actualizada será de TREINTA Y OCHO (38) UNIDADES VEHICULARES.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación de la normatividad legal vigente.
SÉPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de a presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad
Provincial de Talara.
OCTAVO: COMUNICAR, a Doña IGNACIA RIVERA DE YARLEQUE, Gerente General de la Empresa de Transporte RIMOVE SRL, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N' 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la
continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para a prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N' 0258-2020-MTC/01.
NOVENO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
DÉCIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones. la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
UNDÉCIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLAS E Y DESE CUENTA.
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, los Expedientes de Procesos 00001745 d/f 11-02-2022, presentado por IGNACIA RIVERA DE YARLEQUE, Gerente General de a Empresa de Transporte RIMOVE SRL.
SEGUNDO: DAR DE BAJA a los NUEVE (09) vehículos registrados en el Permiso de Operaciones de a EMPRESA DE TRANSPORTES "RIMOVE" E.I.R.L según Resolución de Gerencia Nº 329-09-2015-GSP-MPT, Resolución de Subgerencia N° 1382-11-2018-SGTV-MPT, Resolución de Subgerencia Nº 1297-08-2018-SGTV-MPT que se detalla en el documento adjunto.
TERCERO: OTORGAR la AUTORIZACION SUSTITUCION DE FLOTA de las unidades vehiculares de la Categoría M1 de la clasificación vehicular, a la EMPRESA DE TRANSPORTES "RIMOVE" E.I.R.L. presentado por la Gerente General Sra. lgnacia Rivera de Yarleque. con documento de identidad Nº 03859635 domiciliado en Calle Arequipa 543 - La Brea, con a flota total vehicular actualizada en TREINTA Y OCHO (38) UNIDADES VEHICULARES que se detalla en el documento adjunto.
CUARTO: DISPONER la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el tercer Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele a SUSTITUCIÓN DE FLOTA VEHICULAR - AUTORIZACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE
PERSONAS INTERURBANO, EN LA MODALIDAD DE TAXI COLECTIVO DE LA CATEGORÍA M1, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio, que emanen de a Autoridad Municipal.
QUINTO: DISPONER, que la VIGENCIA de la Presente Autorización será en cumplimiento a lo dispuesto en el punto 3' parte resolutiva de la R. G. N' 329-09-2015-GSP-MPT de fecha 15 Setiembre del 2015 y a flota total vehicular actualizada será de TREINTA Y OCHO (38) UNIDADES VEHICULARES.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación de la normatividad legal vigente.
SÉPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de a presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad
Provincial de Talara.
OCTAVO: COMUNICAR, a Doña IGNACIA RIVERA DE YARLEQUE, Gerente General de la Empresa de Transporte RIMOVE SRL, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N' 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la
continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para a prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N' 0258-2020-MTC/01.
NOVENO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
DÉCIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones. la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
UNDÉCIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLAS E Y DESE CUENTA.