Resolución Sub Gerencial N.° 031-02-2022-SGTV-MPT

3 de marzo de 2022

SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado el Expediente de Proceso 00001601 d/f 09-02-2022, presentado por WALTER JIMENEZ VERAMENDI, representante de la Empresa COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA JIMENEZ S.A.C.

SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN DE PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS, a la Empresa COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA JIMENEZ S.A.C, en la Modalidad de Carga y descarga, de la clasificaciòn vehicular, que se detalla en el archivo adjunto.

TERCERO: DISPONER, que el HORARIO para la PRESTACION DEL SERVICIO, debera darse fiel CUMPLIMIENTO lo indicado en el punto seis de los considerandos del presente informe y dispuesto O.M. Nº 16-7-2018-MPT en sus artículos SEGUNDO Y TERCERO que REGULA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGA Y/O MERCANCIAS EN LA PROVINCIA DE TALARA.

CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las Unidades Vehiculares mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele a AUTORIZACIÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS (CARGA Y DESCARGA)

QUINTO: DISPONER, que la vigencia de la presente Autorización es hasta el 17-02-2023, debiendo identificar a unidad con el lago del servicio que presta, y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el Numeral 57 Ordenanza Municipal Nº 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad
Provincial de Talara en concordancia con a implementación del D.S. Nº 017-2009-MTC que regula el TRANSPORTE CARGA Y DESCARGA (mercancías) y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional.

SEXTO: COMUNICAR, a Don WALTER JIMENEZ VERAMENDI, representante de a Empresa COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA JIMENEZ S.A.C., debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de a Resolución Ministerial Nº 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de os servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, os cuales son de aplicación obligatoria para a prestación de los servicios, aprobados por el articulo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.

SEPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, cumplirá responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de Mercancías, que emanen de la Autoridad Municipal, debiendo evitar en todo momento el congestionamiento vehicular, o cual será
fiscalizado por los Inspectores Municipales de Transporte, para el fiel cumplimiento.

OCTAVO: ESTABLECER, que la presente autorización está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando la Empresa y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo os informes de la Subgerencia de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.

NOVENO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular las Unidades que se consignan en el Segundo Punto, por habérsele autorizado.

DÉCIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.

UNDÉCIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA

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