Resolución Sub Gerencial N.° 001648-2017-SGTV-MPT-2019
3 de marzo de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO, el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 001648 d/f 10-04-2017, aplicada al Infractor Sr. CARBAJAL PAREDES-ISAIAS, de conformidad-a.la normativa legal vigente.
SEGUNDO: DISPONER; la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.2 del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito Nº 001648 d/f 10-04-2017 equivalente al 50 % de la U.I.T vigente; a CARBAJAL PAREDES-
ISAIAS y la Suspensión de la Licencia de Conducir por (3 años), a partir de 10-04-2017 al 10-04-2020.
TERCERO: DISPONER que una vez cumplido el periodo de suspensión de la licencia de conducir del Sr. CARBAJAL PAREDES-ISAIAS, para el levantamiento de la sanción deberá presentar copia de la Constancia de finalización del Taller "Cambiemos de actitud", la misma que debe ser expedida por una Escuela de Conductores.
CUARTO: VENCIDO el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derivé con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la
cobranza de la infracción en la PIT N° 001648.
QUINTO: DISPONER, la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante las claves de acceso a la base de datos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ingrese la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 001'648 d/f 10-04-2017, en el Registro Nacional de Sanciones.
SEXTO: ENCARGAR; el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina de Administración Tributaria y Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
SETIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
OCTAVO: NOTIFICAR, al administrado infractor CARBAJAL PAREDES-ISAIAS, con las formalidades de Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA
PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO, el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 001648 d/f 10-04-2017, aplicada al Infractor Sr. CARBAJAL PAREDES-ISAIAS, de conformidad-a.la normativa legal vigente.
SEGUNDO: DISPONER; la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.2 del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito Nº 001648 d/f 10-04-2017 equivalente al 50 % de la U.I.T vigente; a CARBAJAL PAREDES-
ISAIAS y la Suspensión de la Licencia de Conducir por (3 años), a partir de 10-04-2017 al 10-04-2020.
TERCERO: DISPONER que una vez cumplido el periodo de suspensión de la licencia de conducir del Sr. CARBAJAL PAREDES-ISAIAS, para el levantamiento de la sanción deberá presentar copia de la Constancia de finalización del Taller "Cambiemos de actitud", la misma que debe ser expedida por una Escuela de Conductores.
CUARTO: VENCIDO el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derivé con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la
cobranza de la infracción en la PIT N° 001648.
QUINTO: DISPONER, la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante las claves de acceso a la base de datos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ingrese la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 001'648 d/f 10-04-2017, en el Registro Nacional de Sanciones.
SEXTO: ENCARGAR; el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina de Administración Tributaria y Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
SETIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
OCTAVO: NOTIFICAR, al administrado infractor CARBAJAL PAREDES-ISAIAS, con las formalidades de Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA