Resolución Sub Gerencial N.° 194-08-2021-SGTV-MPT
17 de febrero de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el expediente en proceso Nº 00010391, presentado por el señor JHON GIUSEPPE, CHECA PEÑA, Gerente de la EMPRESA "LOS CHURRES TOURS" S.A.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN PERMISO DE OPERACIONES PARA TRANSPORTE DE PASAJEROS EN CATEGORIA M2 en la RUTA TALARA HASTA EL LIMITE CON CENTRO POBLADO MIRAMAR DISTRITO VICHAYAL PROVINCIA DE PAITA Y VICEVERSA, EN LA MODALIDAD DE VEHÍCULOS M2, a la EMPRESA "LOS CHURRES TOURS" S.A., con la flota vehicular que se detalla en el documento.
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización de Prestación de Servicio Especial de Transporte de Trabajadores, tal como lo indica el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC en su Artículo 64º.
CUARTO: DISPONER, La FLOTA VEHICULAR estará conformada por un total SIETE (07) UNIDADES y La VIGENCIA de la Presente Autorización será en cumplimiento a lo dispuesto en Artículo 18º. - De las Autorizaciones y vigencia O.M. Nº 19-10-2014-MPT
QUINTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. Nº 017-2009-MTC a través de la O.M. Nº 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo al Transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SEXTO: COMUNICAR a JHON GIUSEPPE, CHECA PEÑA, Gerente de la EMPRESA "LOS CHURRES TOURS" S.A , debe cumplir con lo indicado en el Anexo VIII, de la Resolución Ministerial Nº 0301-2020-MTCI01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización, está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
OCTAVO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular las Unidades de Placas: P2N-686, P2G-960, BCR-916, AXB-717, P4A-906, F6D-958, P2E-956, por habérseles autorizado.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
UNDECIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el expediente en proceso Nº 00010391, presentado por el señor JHON GIUSEPPE, CHECA PEÑA, Gerente de la EMPRESA "LOS CHURRES TOURS" S.A.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN PERMISO DE OPERACIONES PARA TRANSPORTE DE PASAJEROS EN CATEGORIA M2 en la RUTA TALARA HASTA EL LIMITE CON CENTRO POBLADO MIRAMAR DISTRITO VICHAYAL PROVINCIA DE PAITA Y VICEVERSA, EN LA MODALIDAD DE VEHÍCULOS M2, a la EMPRESA "LOS CHURRES TOURS" S.A., con la flota vehicular que se detalla en el documento.
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización de Prestación de Servicio Especial de Transporte de Trabajadores, tal como lo indica el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC en su Artículo 64º.
CUARTO: DISPONER, La FLOTA VEHICULAR estará conformada por un total SIETE (07) UNIDADES y La VIGENCIA de la Presente Autorización será en cumplimiento a lo dispuesto en Artículo 18º. - De las Autorizaciones y vigencia O.M. Nº 19-10-2014-MPT
QUINTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. Nº 017-2009-MTC a través de la O.M. Nº 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo al Transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SEXTO: COMUNICAR a JHON GIUSEPPE, CHECA PEÑA, Gerente de la EMPRESA "LOS CHURRES TOURS" S.A , debe cumplir con lo indicado en el Anexo VIII, de la Resolución Ministerial Nº 0301-2020-MTCI01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización, está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
OCTAVO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular las Unidades de Placas: P2N-686, P2G-960, BCR-916, AXB-717, P4A-906, F6D-958, P2E-956, por habérseles autorizado.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
UNDECIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA.